Ángel Gabriel Pistón Bermúdez, sospechoso de haber dado muerte a Micaela Onrrubio el pasado miércoles poco después de la hora 19, en la zona de Tropezón, fue condenado a 180 días de prisión preventiva.
Se le imputó un delito de «homicidio especialmente agravado por el vínculo y el uso de arma» de acuerdo al pedido efectuado por la Fiscal Dra. René Primicieri al Juez, Dr Fabricio Cidade.
De acuerdo a lo relatado durante la audiencia por Primicieri entre Micaela y Pistón Bermúdez existía una relación desde finales del año pasado que la mujer había decidido terminar.
Tras la discusión y los disparos, los testigos aseguraron que Micaela gritó «Gabriel, qué hiciste», luego de lo cual el hombre la arrastró unos 18 metros hasta su auto y partió por ruta 11 hacia San José.
Al llegar la Policía al lugar del hecho, Km. 67,500 de esa arteria, el vehículo -un Citröen AX, matrícula QAA 2837- no estaba, pero sí una mancha de sangre de aproximadamente 30 cms., tamaño que permite inferir que quien la derramó sufrió una lesión grave.
Por otra parte, indicó que los análisis realizados a la sangre encontrada en el auto, en el pantalón y la alfombra encontrados en Carreta Quemada arrojaron como resultado que eran de la mujer que aún permanece desaparecida.
Asimismo, la Fiscal señaló que las pericias técnicas efectuadas al celular del hombre permitieron confirmar que el mismo se encontraba en el lugar del hecho y no en la zona de Pintado, como había declarado.
Por estos y otros elementos, consideró que estaban dadas las condiciones para solicitar la imputación de Pistón Bermúdez por un delito de «homicidio especialmente agravado por el vínculo y el uso de arma».
En este marco, Primicieri consideró que la ausencia de Micaela no era obstáculo para efectuar el pedido porque estaba probado el cuerpo del delito y un eventual cadáver no es el único elemento de prueba,
Paralelamente, y al argumentar los 180 días, citó cinco aspectos: la demostración plena de la ocurrencia del delito, la vinculación de Pistón con el mismo, la conmoción social generada por el caso, la salvaguarda de la integridad física del hombre y el riesgo de fuga, ya que el mismo no tiene un trabajo estable, familia que mantener ni otros elementos que lo arraiguen al medio.
Seguidamente, el Dr. Cármelo Arocha, defensor del imputado, expresó su rechazo «terminante» al pedido de la Fiscal, por considerar que no había elementos suficientes para formular una figura tan grave.
El abogado aseguró también que entre su defendido y Micaela no existía una relación estable, motivo por el cual -según su opinión- no era posible agregar el agravamiento por el vínculo.
Arocha sostuvo que lo que existieron fueron presunciones y no elementos probatorios.
De hecho cuestionó la validez de los relatos de los testigos ya que la distancia a la que se encontraban del lugar del hecho no les permitió apreciar si era Pistón quien se encontraba allí.
Del mismo modo, remarcó que hasta el momento no se sabe si la mujer falleció, lo que lo llevó a preguntarse qué sucederá si aparece. «La duda nunca pude jugar a favor de la Fiscalía» dijo Arocha, quien solicitó desestimar el procesamiento.
Sin embargo, el Juez decidió atender el pedido de la Fiscalía, condenando a Pistón Bermúdez a 180 días de prisión preventiva por el delito de «homicidio especialmente agravado por el vínculo y el uso de arma».
De la instancia también fue parte el Dr. Germán Sfeir en representación de los intereses de la víctima, quien acompañó la postura de Primicieri y consideró «necesario» el plazo de 180 días para profundizar las actuaciones.
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