Hermandad Pro Derechos lamentó que le haya contestado a la prensa y no a ellos.
Días pasados y por intermedio de la ley 18.381, dicha entidad -junto a Los Tucu Tucu- había solicitado al Juzgado Letrado de 3er. Turno de San José y a la Suprema Corte de Justicia información sobre el estado de la demanda que vecinos llevan adelante contra la familia Voulminot en busca de librar al uso público el camino de acceso a la costa, que actualmente se encuentra interrumpido por una portera.
Transcurridos los 20 días de plazo que la norma otorga para dar una respuesta sin que esto haya sucedido, los colectivos emitieron un comunicadlo lamentando el hecho y señalando el incumplimiento tanto del Juzgado como de la Suprema Corte.
Horas más tarde, y luego de tomar conocimiento de ese comunicado a través de San José Ahora, el organismo remitió un mail a este portal rechazando esa apreciación y señalando que las entidades solicitantes podía haber obtenido la información que necesitaba ingresando el número de expediente del caso en la página web de la SCJ.
Este domingo, Hermandad Pro Derechos expresó su malestar por el hecho de que la Suprema Corte haya respondido a la nota de San José Ahora y no a ellos.
“La actitud tomada por la Suprema corte de responder a una nota de prensa y no a los solicitantes raya en lo ridículo” expresó la entidad.
“La ley 18.381 no hace ningún tipo de restricción sobre la información a solicitar, salvo aquella que por ley sea declarada confidencial” señaló Hermandad Pro Derechos. “Tampoco es necesario indicar porqué motivo se realiza la solicitud de acceso a la información”, añadió.
“Cuando se comunicó a la prensa la no respuesta a la solicitud en plazo y forma, anteriormente se realizó la denuncia correspondiente ante la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP)” que “tomó la denuncia sin poner objeciones”, subrayó.
Finalmente, sostuvo que para que la “población genta a acceso a las nuevas tecnologías para trámites con el Estado las mismas deben ser publicitadas en el país, cosa que gasta el momento no ha sucedido con al app ‘poderjudicia.uy’ que indica en la Corte en su respuesta a San José Ahora”.