El sujeto fue detenido luego de un allanamiento realizado a su vivienda.
Las actuaciones estuvieron a cargo de personal del Área de Investigaciones de la Zopa Operacional I, Brigada Departamental Antidrogas y Grupo de Reserva Táctica.
Puesto a disposición de la Justicia, fue condenado a dos años y tres meses de prisión efectiva.
Se trata de H.D.R.A., de 32 años de edad, a quien se le imputó «un delito de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de depositario, en reiteración real con un delito de tráfico interno, fabricación ilegal de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales”.
El parte emitido por Jefatura de Policía al respecto, detalla el procedimiento de la siguiente manera:
“En base a información de carácter reservado que venía trabajando el personal del Área de Investigaciones de Zona I y la Brigada Departamental Antidrogas con la Fiscalía de Turno de San José y acorde a un seguimiento realizado, se solicitó orden de allanamiento para una finca ubicada en las inmediaciones de calles Carlos Gardel y Suiza de la capital Departamental, la que fuera autorizada por la sede judicial.
En el día de ayer ese personal con apoyo del Grupo de Reserva Táctica, llevaron a cabo la diligencia finalizando con la incautación de un envoltorio de nylon conteniendo sustancia en polvo con características similares a cocaína, municiones de diferentes calibres y tres teléfonos celulares y además se realizó la detención del morador de la finca.
La Fiscalía de Turno de San José, dispuso que el masculino ingrese en calidad de detenido y derivar la sustancia a la Brigada Dptal. Antidrogas. Realizada la prueba de campo correspondiente por ese personal, la sustancia resultó positivo para clorhidrato de cocina con un pesaje de 267 gramos.
Cumplidas las instancias dispuestas por Fiscalía el Indagado fue conducido a la sede Penal de 5to Turno de San José, dónde el magistrado actuante condenó a H.D.R.A. de 32 años, “COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DE UN DELITO DE TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PROHIBIDAS EN LA MODALIDAD DE DEPOSITARIO, EN REITERACIÓN REAL CON UN DELITO DE TRÁFICO INTERNO, FABRICACIÓN ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES, A LA PENA DE 2 AÑOS Y TRES MESES DE PRISIÓN EFECTIVA».»