Algunos, con ir dos veces, ya tendrán derecho.
La Junta Departamental de San José aprobó esta semana su presupuesto y, en ese marco, el reglamento que regulará el pago de los 45 mil pesos que, desde el 1° de enero, comenzarán a percibir los ediles por concepto de Gastos de Protocolo.
De acuerdo al documento, para generar el derecho a esta partida, basta con que los ediles concurran a la mitad de las sesiones y reuniones de comisiones permanentes que se efectúen en un mes.
En términos generales hay dos sesiones por mes. Además, algunas comisiones asesoras se reúnen cada 15 días por lo habrá ediles que con dos asistencias mensuales -a una sesión y a una reunión de comisión- les alcanzará para generar el derecho.
No obstante ello, establece un régimen de descuentos en caso de no concurrir. Por ejemplo, si las inasistencias superan el 50% y son menores al 75% de la cantidad de sesiones o reuniones de comisiones efectuadas en el mes se les aplicará un descuento del 50%. Si las inasistencias superan el 50% y son menores al 75% de la cantidad de sesiones y reuniones de comisión efectuadas en el mes tendrán un descuento del 75%. Y si las inasistencias superan al 75% de la cantidad de sesiones o reuniones de comisiones efectuadas en el mes, el descuento será del 100%.
El reglamento también determina que las inasistencias «son injustificables (…) sin importar cuál sea al motivo».
Del mismo modo, fija la forma en la que cobrarán los ediles suplentes en caso de licencia del titular de la banca: por cada día de licencia se le descontará al titular una treintava parte que le será abonada a él o los suplentes que actúen durante ese tiempo en forma proporcional.
El reglamento también crea un Registro de Cuentas Personales en el que los ediles titulares deberán indicar la institución financiera el número de cuenta persona en la que recibirán el pago.
En el artículo 9, se indica que se les podrá «descontar de las partidas, toda suma que los ediles pudieran llegar a adeudar a la Administración, ya sea pro concepto de partidas pendientes a rendir cuenta o cualquier otra».