Tras denuncia de la Comisión en Defensa del Agua.
La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) recomendó a la Presidencia de la República, Ministerio de Ambiente y OSE «no innovar ni continuar adelante respecto al llamado a licitación pública referido a la Iniciativa Privada Proyecto Neptuno (IPPN)» hasta tanto «se establezca una planificación de los recursos hídricos de acuerdo a los estándares internacionales y nacionales del derecho humano al agua» para la que el Proyecto «podrá ser un insumo más, entre otros, a considerar dentro de dicha planificación».
La recomendación, emitida el pasado 30 de agosto, es producto de una denuncia presentada por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida que la INDDHH admitió el pasado 31 de mayo.
Entre otros argumentos en contra del Proyecto Neptuno, la Comisión señaló que «la gestión privada del agua es inconstitucional», que «no existió ningún tipo de participación ciudadana en la propuesta de supuesta solución» y que «se viola el derecho a una Salud Pública responsable».
También su «preocupación respecto a los impactos ambientales» del Proyecto «sobre la costa de Arazatí el acuífero de Raigón y el Área Protegida Humedales del Santa Lucía, y los impactos sociales respecto a los cambios en los usos del territorio».
A raíz de ello, la Institución solicitó informes al Ministerio de Ambiente, URSEA, Presidencia de la República, OSE e Intendencia de San José.
En función del análisis de sus respuestas, las normativas sobre el derecho humano al agua, los alcances del Proyecto Neptuno y la participación social en la planificación, gestión y control de los recursos hídricos, la Institución adoptó la mencionada resolución que incluye, además, varias recomendaciones.
Al Ministerio de Ambiente sugiere que «fortalezca sus efectivas competencias en la política nacional de agua y en la planificación de la mejora de la cantidad y calidad en la disponibilidad de agua potable (…)» y a la URSEA e Intendencia de San José que «fortalezcan sus efectivas competencias en la materia objeto de la presente denuncia».
Del mismo modo, puso en conocimiento que «de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Ambiente a la INDDHH (…) no se han expedido autorizaciones ni dictado resoluciones» con respecto al Proyecto «por parte de esa Secretaría de Estado ni realizado alguna forma de evaluación ambiental sobre la misma».
La Institución señala en su resolución que «el proceso de abastecimiento de agua potable a la población mediante una nueva infraestructura de redes públicas no se trata de una mera obra constructiva sino que implica diferentes acciones de planificación y gestión sobre los recursos hídricos y el territorio, sobre las que tiene competencias concurrentes distintos organismos públicos, por lo tanto no debe ser objeto de decisión exclusiva por parte de la OSE».
Por otra parte, establece que la planificación de la toma de agua para potabilizar a partir de la extracción desde el Río de la Plata «constituye en sí misma, o debe ser al menos parte de, una política nacional de aguas» e incluir, en ese marco, «la participación pública».
Indica la INDDHH que de continuar con la iniciativa privada «se estaría otorgando rectoría a la ley 17.555 por sobre el conjunto del cuerpo normativa internacional y nacional sobre el derecho al agua».
Por último, subraya que «de acuerdo a lo estándares internacionales del derecho humano al agua» la concreción del Proyecto Neptuno significaría «un delegación a entidades privadas (empresas transnacionales) de la capacidad de propuesta sobre la planificación de recurso hídricos, así como la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua potable».
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