Durante seis deberá realizar tareas comunitarias.
Fue identificada como C.M.G. e 47 años de edad. Se la imputaron los delitos de «hurto en régimen de reiteración real con un delito de desacato». Al respecto, Jefatura de Policía emitió el siguiente parte:
«Tal y como se había informado en el ccdo. De prensa del día ayer jueves 27 de octubre, luego de finalizada la audiencia en el Juzgado Ltdo. de 1er. Turno de San José, se condenó a: C.M.G de 47 años, “como autora penalmente responsable de un delito de hurto en régimen de reiteración real, con delito de desacato a la pena de doce (12) meses de prisión, sustituyéndose totalmente la pena impuesta por un régimen de de libertad a prueba, de acuerdo a lo establecido por el Art, 295 del CPP:
A – Residencia en el lugar fijado en la audiencia.
B – Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la oficina de OSLA.
C – Presentarse una vez por semana en la Seccional de Policial de su domicilio, sin obligaciones de permanencia por el término de la pena impuesta.
D – Prestación de servicios comunitarios por un lapso de dos (2) horas semanales durante seis meses, cierre de fronteras por el plazo de pena sustituida.
Es de mencionar que los objetos recuperados, fueron entregados al responsable de empresas y jardines.»