Armada Nacional insiste en prohibición.
La Armada Nacional emitió un comunicado este lunes en el que “recuerda y exhorta a la población en general a cumplir con lo dispuesto por el artículo 128º del decreto 100/91”, que prohíbe que se lleven animales a las costas del país.
En el documento se cita el artículo 128º de dicho decreto: “Queda terminantemente prohibido, durante la temporada, llevar animales de cualquier naturaleza a las zonas habilitadas para baño”.
En esta línea, la Armada recuerda que “existen playas debidamente autorizadas por las diferentes intendencias para aquellas personas que deseen concurrir con sus mascotas”.
Según dicho artículo, la multa que puede poner la Armada por llevar animales a la playa es de 1 Unidad Reajustable ($ 1.501,26).
Fuentes de la Armada Nacional dijeron a Montevideo Portal que la exhortación responde a que hubo varios hechos ocurridos en lo que va de la temporada estival, pero se prefirió no detallar ninguno en particular.
Señalaron que la intención de la Armada con el comunicado es generar conciencia en la población en general, debido a que las intervenciones que realizan los funcionarios de la Armada cuando detectan presencia de caninos en la playa son una solución parcial.
En esta línea, detallaron que existe una especie de “vacío”, porque si bien se puede multar o sancionar a los dueños de los perros, no hay una normativa clara sobre lo que tiene que hacerse con los canes, más allá de devolverlos a sus propietarios. / Fuente: Montevideo Portal