En el barrio Penino de Ciudad del Plata.
El autor fue identificado como Jonathan Alexander Rodríguez Fernández de 37 años, poseedor de antecedentes penales, a quien además, al momento de ser detenido, se le incautaron sustancias estupefacientes. Fue condenado por «tres delitos de hurto especialmente agravados». El comunicado oficial de Jefatura de Policía de San José detalla lo ocurrido:
«Un hombre fue detenido en momentos que salía de su domicilio a escasos metros del lugar donde había hurtado varios efectos. Policías de la Unidad de Respuesta Policial de Zona II le incautaron: un reloj digital de color negro, una caravana, un encendedor, dos cuchillos de cocina, tres pipas para fumar pasta base, varios envoltorios con sustancia similar a pasta base, otros con sustancia vegetal y un blister de medicamentos. Todo lo que posteriormente a la entrevista, la víctima reconoció como de su propiedad excepto las sustancias y efectos relacionados. El hurto fue cometido en la noche del Sábado 27 de Mayo en una vivienda de barrio Penino.
El implicado fue conducido a la Dependencia Policial y la Fiscalía Letrada de Libertad dispuso: indagatorias, relevamientos de efectos, prueba de campo para las sustancias, que se mantenga la detención del implicado y posterior conducción a la Sede.
Cabe agregar que el presunto autor registraba otros eventos por hurto en la misma vivienda.
Realizado el test correspondiente a las sustancias incautadas arrojó resultado positivo para clorhidrato de cocaína y/o derivados 0,61 gramos y para marihuana 0,17 gramos.
En audiencia en la Fiscalía de esa ciudad y Juzgado Letrado de 3er. Turno (…) se dispuso tener por formalizada la investigación de los hechos adjudicados por la Fiscalía respecto del imputado Jonhatan Alexander Rodríguez Fernández de 37 años poseedor de antecedentes penales ”por la presunta comisión de TRES DELITOS DE HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADOS EN REITERACIÓN REAL ENTRE SÍ. Se dicto sentencia (…) por la cual se lo condenó por los mismos delitos a la pena de dieciséis meses de prisión, de cumplimiento efectivo esto con descuento de la preventiva sufrida y siendo de su cargo las accesorias legales de rigor (…)”.»